En los últimos
tiempos se ha acentuado la consideración de las cuestiones de la Responsabilidad Social Empresarial (es
decir el respeto de los Derechos Fundamentales del Trabajo en toda la cadena de producción y
distribución de las empresas transnacionales y de los derechos medioambientales) en el ámbito de la Negociación
Colectiva.
En diversas
ocasiones he señalado como los principales síntomas y estímulo determinantes de
esta tendencia:
-
El Acuerdo de Bangladesh para la prevención de
incendios y la seguridad de los edificios, firmado ya por 200 marcas de la industria
de la moda tras la tragedia de Rana Plaza
- El Proyecto ACT impulsado por 14 grandes marcas
de la moda para impulsar la negociación colectiva (con el eje del salario
mínimo “vital”) de sus proveedores con los sindicatos locales en los países
productores
-
La construcción de la Red Sindical de los
proveedores de Inditex iniciada en Vietnam, en desarrollo del Acuerdo Marco Global, en coordinación con IndustriALL Global Union y la Fundación Friedrich Ebert
A ello debe
sumarse el reciente Acuerdo Marco Global de la sueca H&M con IndustriALL Global
Union, rompiendo la soledad del de Inditex como único hasta ahora en la
industria de la moda, y que supone un reto para las grandes marcas italianas,
alemanas, francesas, americanas, inglesas, …, así como a los sindicatos de las correspondientes casas matrices de estas multinacionales.
Y una expresión no secundaria de esta tendencia es el creciente interés del mundo académico por esta creciente realidad y su consciente vinculación en el estudio de Globalización, Responsabilidad Social empresarial y negociación colectiva.
Adjunto en este sentido el guión de mi última intervención en la Universidad Carlos III de Madrid actualizando recientes intervenciones en el mismo sentido en ámbitos similares:
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