viernes, 3 de marzo de 2017

Sindicalismo y medidas antidumping

Las medidas antidumpig son frecuentes en el comercio mundial. En los últimos años algunas de las iniciativas al respecto con mayor eco han sido las tomadas frente al acero chino (también al ruso). No han sido las únicas. Desde EEUU se siguen planteando en relación con las bolsas de plástico fabricadas en Vietnam. No me consta sin embargo que se estén aplicando en relación con las exportaciones subvencionadas del algodón estadounidense (que según los compañeros peruanos hundió el cultivo del algodón y la industria textil de su país).

Ahora son los sindicatos australianos los que se pronuncian de nuevo sobre las exportaciones chinas de acero (http://www.industriall-union.org/es/la-australian-workers-union-llama-a-la-accion-sobre-el-acero-chino). Hace poco se realizó en Bruselas una manifestación sindical en el mismo sentido (http://www.industriall-union.org/es/15000-trabajadores-as-siderurgicos-marchan-para-salvar-el-acero-en-europa).

No estoy en condiciones de tener una opinión clara sobre si existe o no tal dumping y sus entrañas. Es probable que sí exista, como es segura la incidencia de numerosos factores en los precios de los productos objeto del comercio mundial. Unos apuntan a la venta por debajo del precio de coste, otros a que tales precios de coste son resultado de la violación de los derechos fundamentales del trabajo de los trabajadores que los producen.

En todo caso, las medidas que afectan al comercio mundial tienen siempre repercusión sobre las condiciones de empleo y de trabajo de los trabajadores del país productor, y también de los del comprador. Así se justifican los aludidos planteamientos sindicales, incluso contrapuestos, pues evidentemente pueden apuntar a intereses contradictorios de los trabajadores de los dos polos de la relación comercial.

Por ello, cada vez que tengo noticias de planteamientos sindicales de apoyo a medidas antidumping, me pregunto si antes de tomarlos se ha hecho el esfuerzo de contactar con los sindicatos del país productor para analizar el tema y conocer los específicos intereses y derechos de los trabajadores afectados. Esta pregunta va dirigida a los que apoyan las medidas antidumping, pero también y sobre todo a las instancias sindicales supranacionales que tienen la responsabilidad de actuar en función de intereses globales y solidarios de los trabajadores de un ámbito superior al nacional y, cuando existen intereses puntuales contrapuestos, intentar mediar desde la perspectiva de los intereses comunes.

Me consta que en alguna ocasión los sindicatos rusos y vietnamitas han planteado la cuestión cuando se han sentido afectados.


Más allá del apoyo a las posiciones sindicales del país comprador (excepto en el del algodón antes mencionado), no he tenido conocimiento de ninguna iniciativa sindical supranacional intentando asumir intereses sindicales más globales. 

Tampoco en los casos recientes que han suscitado esta nota.   

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