“China Briefing”, publicación de Dezan Shira & Associates –empresa de negocios en China y el Sudeste Asiático-, informa de la entrada en vigor el próximo 1 de enero de 2012 del Decreto 17 del Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social de la República Popular China, por el que se crean instrumentos de mediación a diversos niveles de las relaciones laborales. En ausencia, aún, de libertad sindical y derecho de huelga, resulta interesante señalar algunas de las previsiones de este decreto:
o Cuando se produce una “disputa laboral”, cualquiera de las partes puede solicitar abrir negociaciones. Cuando se trata de “un trabajador”, éste puede pedir al “sindicato” de la empresa participar o asistirle en la negociación
o En el supuesto de desacuerdo se puede acudir el Comité de Mediación en las empresas medianas y grandes o al mediador en las pequeñas.
o Son funciones del comité de mediación: contratar a mediadores, mediar en las disputas laborales en la empresa, dar a conocer las leyes y normas de aplicación en la empresa, coordinar la aplicación de los convenios colectivos y las normas laborales, organizar estudios de interés para los trabajadores, establecer mecanismos de prevención frente a posibles disputas laborales
o En el supuesto de desacuerdo en la negociación o con las propuestas del comité de mediación, es posible acudir a un comité de arbitraje.
Resultan curiosas, o significativas, algunas de las previsiones, y la carencias, de esta nueva norma: el papel asesor del “sindicato”, las amplias funciones de este “comité de mediación”, y, sobre todo que se ignore la huelga como posible salida a una situación de negociación bloqueada, sobre todo cuando la huelga es ya una realidad importante en las relaciones de trabajo en la China de hoy. Expresa en todo caso la situación de evidente transición en que se encuentra ese país.