Las cadenas de suministro
en la acción sindical global
Víctor Garrido
Isidor Boix
sindicalistas
En la globalización, ¿sindicalismo global? La respuesta puede parecer
obvia, pero consideramos que no lo es. Porque no está claro, en sus
contenidos y en su traducción en acción colectiva, qué es, más allá de los
tópicos, el “sindicalismo global”. Sobre ello aportamos algunas reflexiones y
algunas referencias a nuestra experiencia, primero desde FITEQA-CCOO, luego
des CCOO-Industria, para subrayar que efectivamente en la globalización se
precisa un gobierno, o gobernanza, global, y que el sindicalismo tiene mucho
que decir, y hacer, al respecto. Pero que, para intervenir con eficacia, se
exige un serio esfuerzo de reflexión y de iniciativa, y nos perecen de
utilidad algunas consideraciones particularmente orientadas a las cadenas de
suministro de las multinacionales, derivadas de nuestra actividad en
responsabilidades sindicales a ello vinculadas, particularmente desde la
coordinación sindical del Acuerdo Marco Global de IndustriALL Global Union
con INDITEX.
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Desde hace algunos meses, no muchos, la globalización y la acción sindical
aparecen conscientemente vinculadas en las propuestas de la mayoría de
organizaciones sindicales, desbordando ya las proclamas en el papel o en las
redes que todo lo aguantan. Sin embargo no siempre se traducen aún en proyectos
responsablemente asumidos.
A este indudable avance sin duda han contribuido tragedias como el
hundimiento del edificio industrial de Rana Plaza en Bangladesh,
con la muerte de más de 1.000 trabajadores, mujeres la gran mayoría,
la larga ya movilización de la clase trabajadora de Camboya por un salario
mínimo “decente”, o de Turquía y tantos otros países por la libertad sindical,
así como la conquista de muy importantes aumentos de sus salarios mínimos en China
y en Vietnam, también en Polonia.
Seguramente en esta toma de conciencia y en el impulso
de nuevas iniciativas ha incidido también que desde las organizaciones
sindicales supranacionales se ha empezado a considerar como un espacio que
merece particular atención el de la actividad industrial y comercial, el empleo
y sus condiciones, en las cadenas de suministro de las empresas
multinacionales. Causa, y efecto, de este fenómeno lo ha sido que desde la OIT
se haya entendido que hay que prestarle atención, dedicando en 2016 una sesión
de su Conferencia anual al “trabajo decente en las cadenas de suministro” (http://iboix.blogspot.com.es/2016/07/a-proposito-de-la-resolucion-de-la.html)
y en 2017 una importante reunión de expertos sobre las “Zonas Francas
Industriales” (http://iboix.blogspot.com/2017/11/por-el-trabajo-decente-en-las-zonas.html)
en las que establecen sus terminales muchas de las cadenas mundiales de
suministro de las multinacionales.
A todo ello podrían sumarse los ya numerosos seminarios y simposiums,
institucionales y académicos, que abordan esta problemática, así como la
proliferación de referencias en normas supranacionales como el Global Compact
de las NNUU o la Declaración de la OCDE sobre las multinacionales, sellos de
diversas instituciones y compromisos unilaterales, más o menos efectivos, de
muchas multinacionales, acompañadas ya por unos pocos Acuerdos Marco Globales
firmados por algunas multinacionales con las organizaciones sindicales
supranacionales. Y en España, la reciente iniciada andadura del “Foro Social de
la industria de la Moda” (presentado públicamente el pasado 12 de abril en el
Consejo Económico y Social) integrado por sindicatos, ONGs, grandes empresas y
organizaciones empresariales del sector, uno de cuyos grupos de trabajo es
precisamente las cadenas mundiales de suministro.
Pero, para no perdernos en un largo listado que finalmente podría provocar
un extravío en un confuso laberinto de proclamas y normas más o menos
vinculantes, es necesario señalar que lo decisivo ha sido, y sobre todo, debe
ser, la acción sindical desde los dos polos: la cabecera de las multinacionales
y los eslabones sindicales de las sucesivas subcontrataciones a lo largo de
tales cadenas de suministro.
1.- Algunos datos de referencia
Según estimaciones de la Confederación Sindical Internacional, CSI, en
torno a la mitad de la clase trabajadora mundial está vinculada a la actividad
de producción y distribución, en sus cadenas de valor, de las multinacionales,
aunque sólo el 3 % se integra en sus propias plantillas formales. La actividad
de tal estructura empresarial supone el 60 % del valor producido y el 80 % del
comercio global entre países.
Las economías “avanzadas”, las de los países del Norte social y casi
geográfico, suponen en este momento aproximadamente el 50 % del PIB
mundial, siendo el otro 50% el de los países “emergentes”, en desigual pero
potente progreso. Con la perspectiva que, de entre estos, China e India pueden
llegar al 50% del PIB mundial a mediados de este siglo, recuperando el
protagonismo que ejercían en un contexto muy distinto a comienzos del Siglo
XIX.
Son datos también a no olvidar los salarios mínimos de la economía “formal”
(muchas veces efectivos y otras no alcanzados) que nos aportan las
legislaciones de países como China (hoy en torno a los 300 € mensuales cuando
en 2006 estaba en torno a los 45), Vietnam (en torno a los 150 € hoy, por 38 en
2007), 68 € en Bangladesh (20 en 2010), o 210 € en Bulgaria (país, no se
olvide, de la Unión Europea). Todo ello frente a los 1.500 € de Alemania y
otros similares y aún superiores de otros países del Norte referido. Podríamos
añadir que para conseguir aumentar estas retribuciones en torno a un 25 %, en
muchos de los países emergentes las jornadas de trabajo pueden superar las
3.000 horas anuales.
Y son datos aún los más de 1.000 trabajadores muertos en Rana
Plaza de Dacca, en Bangladesh, una mañana del 24 de abril de 2013, o el sistema
de “contratación” de las hilaturas de algodón de la India denominado Sumangali aplicable
a niñas y adolescentes de 12 a 18 años con contratos “de aprendizaje” de 3 años
y con retribuciones en torno a 90 € al mes de los que el empresario retiene la
mitad para entregárselo al termino de estos 36 meses para que dispongan de una
“dote” para su boda, en el supuesto de que hayan soportado este periodo sin
huir, o sin suicidarse, como sucede en no pocos casos. A ello hay que sumar las
violaciones de los fundamentales del trabajo, en primer lugar el de libertad
sindical y derecho de negociación colectiva, frecuentes en este mundo
“emergente”, derechos por otra parte no siempre respetados en los “avanzados”,
en una interrelación global sobre la que luego volveremos.
Como tendencias del capitalismo global hay que señalar la
importante entrada de fondos de inversión en el capital de las multinacionales,
más orientados a los inmediatos beneficios financieros que al desarrollo de la
economía productiva, la del capital chino en las grandes del automóvil
(Mercedes, Volvo, Lotus), o la del indio en otras (Jaguar, Land Rover y el
acero mundial).
Un dato más de nuestra realidad lo constituye también la generalizada
crisis de confianza en las instituciones políticas y sociales de la que no nos
salvamos las sindicales, con una tendencia a la individualización de los
intereses de grupo manifestada en las relaciones laborales, con el
acompañamiento de las tendencias de antiglobalización reaccionaria que se
expresan en fenómenos como Trump, Le Pen, Grillo, el Brexit, Orban el húngaro,
Marcinkiewicz el polaco, …, así como el chovinismo y la xenofobia que están
manchando al sindicalismo y sobre lo que luego volveremos.
2.- Sindicalismo Global. ¿Existe? ¿Qué
es, o qué podría ser?
Probablemente, para acertar en las respuestas a estas preguntas, una primera
referencia sea necesaria una primera consideración sobre la necesidad de un
“gobierno global”. Si consideramos, como seguramente consideramos bastantes
colectivos institucionales y sociales (entre ellos el sindical, es decir la
clase trabajadora), que este gobierno sea efectivamente necesario, no tanto
como institución, sino como instrumentos para incidir en una “gobernanza
global”, tendremos que preguntarnos si para ello corresponde la existencia, o
la construcción, de un “sindicalismo global”.
Algunas referencias para ello han de ser la inexistencia en este momento de
un ordenamiento jurídico global eficaz, lo que en otros momentos hemos ya
resumido con la expresión “la OIT no puede, la OMC no quiere”. Aunque
ciertamente se estén dando algunos pasos, tímidos aún, como expresa el hecho de
que, como ya mencionamos antes, por primera vez la OIT haya abordado el tema de
las cadenas de suministro, como lo hizo en su Conferencia anual de 2016, y a
finales de 207 haya realizado una primera reunión de expertos sobre las Zonas
Francas Industriales. O la existencia de normas no vinculantes, de evidente
pero limitado interés, de aplicación “voluntaria”, es decir “unilateral”, por
parte de las empresas, como son el Global Compact de las Naciones Unidas, los
Principios Rectores de la ONU sobre empresas y derechos humanos, y otros.
A todo ello podríamos añadir la inexistencia de un posible “Tribunal
Laboral Internacional”, como lo hay penal, o la tímida propuesta institucional
europea, anunciada por Jean-Claude Junker en su discurso sobre “el estado de la
unión” el 13 de septiembre de 2017, para avanzar hacia una “Autoridad
Laboral Europea”, aunque limitada a “evitar el dumping social y
salarial transfronterizo”.
Para responder a la señala pregunta deberíamos desprendernos de afirmativas
convicciones sobre “sindicalismo global” que pueden parecer obvias. Existirá
sindicalismo global si se plantea conscientemente, si actúa como tal. Para
valorarlo hay que partir de que al sindicalismo parece interesarle efectivamente
incidir en la globalización, no tanto porque de vez en cuando se la menciona
como una de las causas de todos nuestros males, sino más bien, con más rigor,
si consideramos que nuestro globalizado mundo es el marco en el que
se desarrollan estrechamente interrelacionadas las cuestiones claves para el
devenir humano, que tiene por tanto una decisiva incidencia en las condiciones
de vida y también de trabajo.
Pero, ¿de qué sindicalismo hablamos? ¿del nacional, del de empresa, del
supranacional, …?
Para acertar en la respuesta,
consideramos necesario una breve incursión en los conceptos más elementales
sobre sindicalismo. Partiendo de la consideración académica de que “el
sindicalismo” es una “organización de intereses”, de los
intereses del colectivo de trabajadores en el ámbito considerado. Y
definidos los “trabajadores” por el concepto marxista, bien resumido en el
artículo 1 de nuestro Estatuto de los Trabajadores, como las personas “…
que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro
del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica,
denominada empleador o empresario ….”
Existirá pues sindicalismo en
aquellos ámbitos en los que puedan haber intereses comunes del colectivo de la
clase trabajadora. Y habrá sindicalismo global si se dan intereses globales, lo
que quizás ya no es tan evidente, sobre todo si abordamos los evidentes
conflictos de intereses más bien contrapuestos entre los trabajadores de los
diversos ámbitos integrados dentro del global. Y no estamos hablando de
problemas menores. En todo caso, algunas observaciones al respecto:
· Referencias a
tales intereses contradictorios son los procesos de
deslocalización-relocalización que suponen pérdidas de empleo en unos centros
de trabajo para crearlos en otros. O las tensiones entre sindicatos de
distintas filiales de una misma multinacional cuando se discute donde se
realizan nuevas inversiones o donde se fabrican determinados productos. O el
apoyo sindical a medidas antidumping contra productos fabricados en otro país
que pueden bloquear su producción y generar serias crisis de empleo en éste,
sin discusión sindical previa entre los sindicatos del país comprador con los
del país vendedor y la posible intervención de dirección y
mediación sindical desde la instancia de la estructura sindical de
nivel superior. O el apoyo de colectivos de trabajadores de un país a las
medidas contra la inmigración de sus gobiernos. O contra los
inmigrantes que han logrado salvar las barreras. Y no son problemas menores.
· Por significativos
que sean tales intereses contradictorios no deben llevar a olvidar los que
entendemos como intereses comunes, y por ello solidarios. Desde el interés por
un mundo “sostenible”, social y ambientalmente (lo que incluye el “trabajo
decente”), los derechos básicos humanos (entre ellos los laborales), hasta la solidaridad
cuando los intereses particulares enfrentan a una misma empresa, a la misma
multinacional.
Sin embargo las dificultades que
se plantean para determinar tales intereses comunes exigen que nos planteemos
cómo concretarlos. El sólo apunte a los intereses contradictorios señala ya que
estos intereses comunes no pueden ser resultado de la simple “suma” de los
intereses particulares de cada colectivo menor que integre el colectivo de
mayor ámbito. Suma no, pero sí su síntesis, cuya elaboración, devolución a los
colectivos menores y traducción en práctica sindical conjunta, exige la
existencia de formas superiores de organización y su adecuada función
dirigente. Intereses y órganos de dirección superiores capaces para ello de
concitar la confianza de los representados, de tutelar los intereses
particulares de éstos, también los contradictorios, en relación con los cuales
deberán en ocasiones mediar.
Para completar esta necesaria
referencia a los intereses colectivos a los diversos ámbitos de organización de
la clase trabajadora hasta el global, es necesario detenernos aún en el propio
concepto de solidaridad para no limitarlo a su vertiente altruista, cuando
pensamos en los supuestamente o efectivamente privilegiados, al evidente
interés cuando nos referimos a los beneficiados por la práctica solidaria. Nos
referimos a la solidaridad “interesada” de los primeros, de los que la
practican, convencidos de que sin esta componente de su interés propio
difícilmente se desarrollarán una solidaridad eficaz. Esta consideración parte
esencialmente de la idea de que quienes estén en una posición de ventaja, de
privilegio, tienen un evidente interés propio en no quedar asilados porque el
aislamiento les debilita, un interés en que se generalicen los derechos para no
ver mermados los propios, consideración que es válida desde la
sección de la fábrica o la filial de la multinacional en mejores condiciones
respecto al resto de su propia empresa, hasta el país o el colectivo social que
en el ámbito mundial pueda considerarse privilegiado.
Para tal consideración hemos
repetido muchas veces nuestra directa experiencia de la discusión de
todo ello con las dirigentes sindicales de las trabajadoras de las fábricas
gallegas de Inditex. Tras explicar en los primeros años de este siglo nuestra
intervención sindical para defender el trabajo decente en las fábricas de
Marruecos, proveedoras de las marcas de la multinacional española, una delegada
de CCOO nos planteó que “muy bien, pero quizás que os ocuparais más
de nuestras condiciones de trabajo en Galicia, de mis problemas de
espalda, …”, a lo que fue otra dirigente sindical de estas fábricas la
que le respondió: “está bien lo que hacen, porque cuanto mejor salario
cobren las trabajadoras de Marruecos, o de China, menor riesgo tenemos de
perder nuestro puesto de trabajo en Galicia”. A esta consideración
podríamos añadir otra referencia: la mejora de condiciones de trabajo en los
países emergentes mejora también su capacidad de compra de los productos de los
países más desarrollados.
En definitiva, la solidaridad de
los que han de practicarla será más eficaz cuanto mejor entiendan que a ellos
mismos les interesa. Porque efectivamente les interesa.
3.- Problemas y limitaciones, también avances, del sindicalismo
supranacional
Más allá de conceptos y teorías
es conveniente abordar los problemas del sindicalismo supranacional desde casos
concretos que los ilustren. Los hay, y muchos, desde la perspectiva del
sindicalismo global. Algunos queremos aportar, correspondientes a este año
2018.
Uno, el caso ROY ROBSON, una
multinacional alemana del vestido con fábricas proveedoras entre otras en
Turquía y en países de la Europa del Este. Recientemente se han producido de
nuevo en una de estas fábricas turcas, situada en Esmirna, despidos de
sindicalistas de Teksif, el principal sindicato turco del ramo. Hemos sabido
del problema por una denuncia de la Federación sindical internacional,
IndustriALL Global Union, pero no se ha hecho pública ninguna denuncia, ni
acción sindical al respecto, del sindicato alemán de la cabecera de esta
multinacional.
Otro caso preocupante lo
constituye la iniciativa sindical en las fábricas alemanas y francesas de las
multinacionales SIEMENS y ALSTOM, recientemente fusionadas. Ha sido ésta una
operación empresarial, de reestructuración industrial y financiera, que
inevitablemente plantea, como todas las fusiones con la lógica
reestructuración, problemas de empleo. Supimos de una propuesta de
CCOO-Industria, pues en España tenemos también fábricas de ambas
multinacionales, planteando algo que parece obvio: la coordinación sindical
europea de tal problemática, apuntando a una necesaria acción sindical
conjunta. Nada sorprendente, pero sí lo fue conocer ante todo ello que en las
fábricas alemanas y francesas, desde la cabecera de ambas multinacionales, los
correspondientes sindicatos de empresa habían bloqueado la posibilidad de toda
iniciativa sindical supranacional conjunta hasta terminar sus propias
negociaciones para garantizar el empleo en sus centros de trabajo alemanes y
franceses. Y, mientras, obediente, no se produjo ninguna iniciativa de la
correspondiente Federación Sindical europea. Situaciones similares
conocidas se han vivido en 2017 en Serbia con proveedores de Volkswagen, en
Indonesia con proveedores de Freeport y Mitsubishi, en Sudáfrica
con proveedores de General Motors, … Y con la incapacidad de convocar
estos últimos años una manifestación sindical europea de solidaridad con los
inmigrantes, contra le xenofobia, ante la creciente dimensión del tema, y
con experiencias tan positivas como los medio millón de
manifestantes en Barcelona el 18 de febrero de 2017.
Estas experiencias enlazan
también con un problema de fondo de los Comités de Empresa Europeos en los que,
más allá de su evidente interés sindical, se manifiestan no sólo las
limitaciones derivadas de la propia Directiva, sino una práctica en la que
demasiadas veces priman los intereses corporativos de país, sin una voluntad o
capacidad de dirección, y de corrección cuando sea preciso, desde las
estructuras sindicales europeas.
A todo ello cabría añadir
problemas del sindicalismo europeo que hoy pueden considerarse casi endémicos.
Uno, el del “salario mínimo europeo”, problema no secundario si recordamos que
el de Bulgaria está en torno a los 200 €uros mensuales (claramente inferior al
de Turquía, o al de China) y el de Alemania o Francia en torno a los 1.500. La
discusión se planteó abiertamente en los Congresos de la Confederación Europea
de Sindicatos de Sevilla (2007) y Atenas (2011), sin capacidad para
concretar líneas de acción sindical al respecto, y con el posterior silencio
hasta ahora. O la resistencia, particularmente de los sindicatos nórdicos, para
abordar la posible negociación colectiva europea, particularmente en torno a
los derechos básicos del trabajo.
Preocupante también que cuando
se abordan cuestiones de los derechos laborales transnacionales, como en
relación con la reciente proclama institucional del denominado “Pilar Europeo
de Derechos Sociales” (17 de noviembre de 2017 en el Parlamento Europeo) el
texto oficial parece referirse a una Europa sin conexión con el mundo, con
olvido, también desde el sindicalismo europeo al analizarlo, de la estrecha
interrelación de los derechos del trabajo en Europa con el trabajo decente en
el mundo, particularmente en las cadenas de suministro de las multinacionales
europeas. Quizás convendría resucitar, con ocasión de tales reflexiones, el
“Nuevo Internacionalismo Sindical” proclamado por Guy Ryder, entonces
Secretario General de la Confederación Sindical Internacional, en su Congreso
Constituyente de 2006. Y del que nunca más se supo. Ello supondría avanzar
hacia las necesarias estructuras sindicales supranacionales que superaran su
actual función de “coordinadoras”, sin órganos de dirección, sin cupos
nacionales o regionales, con capacidad de decisión resultante de una efectiva
delegación de poderes, de soberanía, desde los sindicalismos nacionales, …,
asumiendo el valor de los intereses sindicales comunes, globales, a los que
antes nos hemos referido.
Negativas experiencias todas
ellas que provocan repetidamente la nostalgia por la positiva de la negociación
de la reestructuración europea de las fábricas de General Motors en 1999,
cuando la Federación Sindical Europea del Metal jugó un importante y
decisivo papel de dirección y coordinación sindical desde un
planteamiento unitario y solidario europeo. Una referencia positiva a la que
hoy es necesario incorporar algunas recientes respuestas sindicales también
positivas, como las diversas iniciativas solidarias del sindicalismo alemán de
IG Metall con movilizaciones en proveedoras turcas de sus fábricas, o del
sindicalismo de FIAT en relación con proveedores de Serbia. Cabe señalar
también una progresiva, tímida aún, asunción del problema en las estructuras
sindicales europeas.
4.- Por el
“trabajo decente” en el mundo. Incidencia sindical en las políticas
empresariales de “Responsabilidad Social”. Una experiencia de sindicalismo
global por parte de CCOO
Desde nuestro convencimiento de
que el sindicalismo no es sólo un espectador y comentarista de los males del
mundo, dispuesto a señalar siempre lo que deben hacer los otros pero olvidando
sus propias responsabilidades, queremos aportar algunas ideas y propuestas,
alguna experiencia, en relación con la posible, necesaria,
intervención sindical en la lucha por la dignidad del trabajo en el mundo,
particularmente en relación con las condiciones de trabajo en las cadenas de
suministro, para cerrar luego estas notas con algunas propuestas de trabajo.
Asumiendo la existencia de
intereses sindicales globales, así como la importancia y necesidad de incidir
eficazmente en las condiciones de vida y de trabajo en el mundo, lo esencial es
establecer la “plataforma reivindicativa” para su defensa y el marco en el que
plantearlas, defenderlas, negociarlas, y en lo posible pactar su aplicación
para luego desarrollar los acuerdos logrados.
Estamos pues hablando de una
“negociación colectiva global”, ante la que es además necesario ser conscientes
de la inexistencia de un marco para ello establecido, y de hecho apenas
reivindicado, lo que exige plantearse cómo incidir en ello. Sin un ordenamiento
jurídico global eficaz, sin una negociación colectiva en tal ámbito, la
experiencia nos indica que el espacio más favorable hoy es el de la
“responsabilidad social empresarial”[1], asumiendo sus no
tan positivos inicios desde su original preocupación por la “reputación”
empresarial, y su pretensión de “voluntariedad”, es decir
“unilateralidad”. A ello podría aún sumarse otro reproche, el
intento de algunas empresas de desplazar a este ámbito materias que lo habían
sido de negociación colectiva.
Pero hace ya algunos años que
hemos superado desde el sindicalismo el debate como espectadores sobre la
“Responsabilidad Social” de las empresas. La existencia de más de 100 Acuerdos
Marco Globales, el Acuerdo de Bangladesh sobre seguridad de edificios y
prevención de incendios, el proyecto ACT impulsando la negociación
colectiva en países de las cadenas de suministro textiles, permiten afirmar que
hemos entrado en una nueva etapa, que la “contractualidad” ha
desbordado ya la unilateralidad en la acción por la dignidad del trabajo en el
mundo. A ello se suma el reciente arranque en España de un “Foro
Social de la Industria de la Moda” como marco de debate, intercambio de
experiencias e iniciativas conjuntas, de sindicatos, ONGs y otras
organizaciones de la sociedad civil, junto con empresas y organizaciones
empresariales.
Esta nueva etapa en la política y práctica de la “responsabilidad social
empresarial” no nos lleva a olvidar que frente a los 100 Acuerdos Marco (y
algunos de ellos limitados aún a la matriz y sus filiales, ignorando su cadena
de suministro), hay unos 10.000 compromisos de RSC empresariales unilaterales,
o que demasiadas grandes multinacionales con importante presencia sindical en
las casas matrices no sólo no tienen concluido ningún Acuerdo Marco Global para
su cadena de suministro, sino que ni siquiera se conocen propuestas sindicales
al respecto. O que tampoco se conocen claras iniciativas de las estructuras
sindicales supranacionales para superar tales deficiencias. Pero lo antes
indicado significa que la muralla que impedía la entrada sindical en esta
materia presenta ya importantes grietas que permiten positivas incursiones en
este terreno.
Aunque hemos publicado ya numerosos informes al respecto (el de conjunto
puede encontrarse en http://industria.ccoo.es/5ffa04a491584d076248dacd7957aeac000060.pdf),
queremos dejar constancia aquí de la experiencia de una práctica eficaz de
sindicalismo global desde FITEQA-CCOO y luego desde CCOO-Industria. Nos
referimos al Acuerdo Marco Global con Inditex, suscrito en 2007, ratificado en
2014, con un trabajo sindical que se inició en 2002 y cuyos elementos
esenciales pueden resumirse en lo siguiente:
· Inditex, con 10 marcas de ropa
distintas, de las que fabrica unos 1.200 millones de piezas al año, tiene para
ello una cadena mundial de suministro de más de 6.000 fábricas en unos 50
países en las que trabajan unos 2 millones de trabajadores (de ellos
más de 300.000 en Bangladesh, más de 250.000 en China, más de 100.000 en
Turquía, y en Vietnam, en India, …)
· En 2002 iniciamos la intervención
sindical con dos ejes:
o Una continua información y debate sindicales con las trabajadoras de las
fábricas gallegas de Inditex, ampliándolo luego a los centros de logística, y
o Una continua exigencia a la empresa de información y seguimiento
de la aplicación de los entonces unilaterales compromisos de responsabilidad
social, abordando los problemas que se iban planteando, y acompañado de una
propuesta de “Acuerdo Marco”, pero sin esperar a su conclusión para el impulso
de la intervención sindical
· Así se fraguó el “Acuerdo Marco
Internacional” en 2007 de Inditex con la entonces “Federación Sindical
Internacional de los Trabajadores del Textil-Vestuario-Cuero”, para reafirmarlo
en 2014 como “Acuerdo Marco Global” con la nueva Federación Internacional
“IndustriALL Global Union” en cuya creación participó la del
Textil-Vestuario-Cuero. Los ejes básicos del Acuerdo Marco, junto con la
afirmación de los derechos básicos del trabajo en toda la cadena de suministro
hasta su último eslabón de subcontratación, eran:
o Información al sindicalismo global, y a su través al local, de todos los
centros de trabajo (más de 6.000 en 2017) de su cadena mundial de suministro,
así como del balance de cumplimiento de sus compromisos, ahora ya pactados, de
responsabilidad social y de los problemas que al respecto se plantearan. Y,
para contribuir a ello,
o Derecho del sindicalismo global y local de acceso a todos estos centros de
trabajo.
· Los principales hitos de esta
experiencia se pueden concretar como:
o Positiva solución de las denuncias de violación de la libertad sindical,
particularmente en las fábricas proveedoras en las que Inditex tenía una
producción importante.
o Visita de más de 100 fábricas en los principales países de la cadena de
producción (Argentina, Brasil, Portugal, Bulgaria, Marruecos, Túnez, Turquía,
India, China, Camboya y Vietnam) junto con los sindicatos locales para
establecer un método de trabajo piloto en la actividad de éstos.
o Formación sindical-empresarial en la cadena de suministros, con seminarios
primero paralelos y finalmente conjuntos con sindicalistas y directivos de las
empresas de la misma.
o Participación de Inditex, impulsada y seguida sindicalmente, en iniciativas
y acuerdos internacionales como el Acuerdo de Bangladesh, la iniciativa ACT, la
campaña contra el Sumangali, los refugiados sirios en Turquía, …
o Aportación de la experiencia de esta AMG a múltiples foros institucionales
y académicos, esencialmente de España y Europa, así como de la OIT (Conferencia
anual de 2016 y reunión de Expertos sobre Zonas Franca Industriales de 2017),
OCDE, Committee on Workers’ Capital, …
En el ámbito de las multinacionales españolas de la industria de la moda,
cabe señalar un trabajo desarrollado en los últimos años, y en la misma línea
aquí señalada, con MANGO (con la que hay ya un preacuerdo para el seguimiento
sindical desde CCOO-Industria de su cadena de suministro) y EL CORTE INGLÉS, y
abierto con otras multinacionales del sector.
Aunque el ámbito de la industria de la moda ha sido en el que hemos
desarrollado con mayor dedicación y eficacia estas orientaciones de
trabajo, es necesario señalar otros en los que también hemos desarrollado tales
iniciativas. Así ha sido con REPSOL en relación con la problemática de los
pueblos indígenas en sus instalaciones de exploración y exploración en
Latinoamérica y con una Red Sindical España-Latinoamérica; con GAMESA a través
de un Acuerdo Marco Global; con las cadenas de suministro de las
multinacionales del automóvil en el Magreb; también consiguiendo acuerdos de
seguimiento sindical de los compromisos de RSC en los Convenios sectoriales
estatales de la Industria Química (arts. 69 y 70) y del Textil-Confección (art.
76).
5.- Algunas consideraciones y una propuesta para impulsar el sindicalismo
global
Partimos de las consideraciones
que anteceden en el sentido de que desde el sindicalismo, como solidaridad
organizada, ésta interesa tanto a los directamente beneficiados como a los que
la practican. Interés para impulsar un modelo de desarrollo sostenible en una
globalización que lo sea, lo que requiere un reequilibrio mundial en el que
evitar el riesgo de asilamiento de los hoy “privilegiados”, o menos
perjudicados aún por las peores tendencias globalizadoras o por las más
reaccionarias de la antiglobalización. Interés sindical desde la más favorable
posibilidad de asumir el reto desde el sindicalismo por sus raíces, más
insertadas en la realidad que las de otras formas de organización social.
Consideramos que en esta
perspectiva corresponde una responsabilidad prioritaria al sindicalismo de las
casas matriz de las multinacionales, así como a las organizaciones sindicales
supranacionales en el impulso de tal responsabilidad. Y a todos los colectivos
sindicales, para establecer los intereses comunes en su ámbito y organizar en
torno a ellos al correspondiente colectivo de la clase trabajadora.
En este contexto apuntamos un
breve esquema de trabajo, de propuesta, de reivindicación y negociación, desde
la cabecera de todas las multinacionales:
· Establecimiento de
diversos “mapas”:
o Mapa industrial y
comercial de toda la cadena de valor de cada multinacional: con todos los
centros de trabajo de su cadena de suministro (matriz y filiales,
con todas las fábricas y talleres a las que se subcontrata parte de
la producción) así como de distribución (logística y centros de venta propios o
franquiciados)
o Mapa de los Grupos
de Interés, es decir de los colectivos impactados por la actividad
empresarial, con el reconocimiento como tales por parte de la multinacional y,
por tanto, de su intervención en los contenidos concretos de los compromisos de
responsabilidad social
o Mapa de riesgos
sociales y medioambientales a los que hacer frente, de sus contenidos y de su
ubicación geográfica
· Balance de los
compromisos de responsabilidad social de la multinacional, y de
su cumplimiento. Compromisos unilaterales y/o pactados con los Grupos
de Interés, con expresa referencia a los problemas, conflictos, infracciones,
…, detectados o denunciados de la última etapa y de cómo se
abordaron y resolvieron.
· Elaboración de un
esquema de Acuerdo Marco Global a presentar para su discusión, negociación y
eventual acuerdo, a la dirección de la multinacional
Y algunas consideraciones para
afrontarlo:
· Parece evidente
que la globalización supone un reto, y no menor, tanto para el
sindicalismo global (es su propio ámbito), como para el local (de ella depende
también la solución de los problemas de cada día). En la globalización están en
juego los intereses de las organizaciones a todos los niveles, más de una
organización precisamente de intereses globalmente interrelacionados como es el
sindicalismo.
· Tales objetivos
interesan en particular a todos los eslabones sindicales de la cadena de valor
de las multinacionales, desde la cabecera, desde la casa matriz, hasta su
último eslabón, aunque es evidente que la responsabilidad no es la misma. Mayor
responsabilidad siempre en la cabecera por la proximidad a los propios órganos
de decisión empresarial de la multinacional, también por la posición
privilegiada en general del sindicalismo en su ámbito en cuanto a condiciones
de trabajo.
· Para abordarlo es
imprescindible que se entienda que la solidaridad a lo largo de toda la cadena
de valor interesa a todos, a los que la reciben, pero también a quienes la
practican, o deberían practicarla.
· Es necesario
también que para todo ello se conozca, se asuma y se establezca la relación
directa entre los intereses globales y los inmediatos, los de cada día, la
relación entre la acción sindical global y la acción sindical diaria.
Probablemente nos encontremos en
una fase de transición, quizás no esté muy claro hacia donde, pero seguramente
es más evidente que el sindicalismo mucho tiene que decir, y hacer, en este
momento en la defensa del trabajo, de la vida decente en nuestro mundo
globalizado.
[1] Confusamente definida inicialmente
por la Comisión Europea en un “Libro Verde”, para concretar un claro avance
conceptual al referirla a la responsabilidad por el “impacto de la
actividad de la empresa” en su comunicación COM 2011-681