A través de la campaña de los sindicatos europeos
explicada por nuestra Confederación de CCOO (http://www.ccoo.es/noticia:264611--Campana_de_los_sindicatos_europeos_No_al_dumping_social) he conocido la iniciativa de
la Unión Europea para crear nada menos que una “Autoridad Laboral
Europea”, anunciada ante el Parlamento Europeo por Jean-Claude
Junker en su discurso sobre “El estado de la Unión” de 2017 (https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/european-labour-authority-factsheet_es.pdf). En esta ocasión Junker
afirmó: “Parece absurdo tener una Autoridad Bancaria … y, en cambio,
no tener una autoridad laboral”. ¡Bravo!, aunque mejor que el
comunicado de la UE le hubiera puesto mayúsculas a la tal autoridad, como a la
Bancaria.
Me ilusionó el título y la afirmación de Junker, pero he
de añadir de inmediato que me ha defraudado algo la lectura de los objetivos y
los medios previstos de la dirección de la UE y la sindical.
La intención proclamada de tan pomposo enunciado es
esencialmente “evitar el dumping social y salarial transfronterizo”
en Europa, del que pueden ser víctimas, según la nota de la UE, los “16
millones de europeos que viven y trabajan en un Estado miembro distinto del de
su nacionalidad”. Problema ciertamente importante que se inscribe en la
necesaria y más global internacionalización solidaria de los derechos
laborales. Para abordarlo habría que plantearse seriamente la negociación
colectiva europea y posibles nuevas Directivas, y, con todo ello, el “salario
mínimo europeo”, cuestiones mil veces enunciadas y otras tantas retiradas
de las agendas institucionales y sindicales.
Ante este anuncio de Junker la Confederación Europea de
Sindicatos (CES) impulsa una campaña sindical de envío de mails.
Habiendo cumplido con la consigna sindical europea (a la
que puede sumarse quien quiera a través del link https://www.no2socialdumping.eu/en), espero se me permitan una
consideración menos eufórica.
Nada se dice desde la UE, ni se propone por quien
correspondería, la CES en todo caso, sobre cómo se constituye tal “autoridad”,
ni cómo se va a ejercer. Es más, hay una limitativa afirmación al señalar la
nota de la UE que esa “Autoridad” está “destinada a
reforzar la cooperación entre las autoridades responsables del mercado de
trabajo a todos los niveles”.
Por otra parte, se peca de nuevo de mirar a Europa
olvidándose del resto del mundo en un momento en el que cada vez es más
imposible defender derechos sociales en Europa sin entender su estrecha
relación con la defensa de los derechos del trabajo en nuestro mundo
globalizado.
Estamos en todo caso ante un titular interesante,
positivo, que podría y debería suscitar interés, propuesta y acción sindical
(más allá del envío de algunos o muchos mails), aprovechando además que, de
entre sus repetidos objetivos para “una movilidad justa en el mercado
único”, se afirma también el objetivo de “Luchar contra los
abusos de la legislación laboral y social”, aunque sin mayor
precisión.
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